El Ayuntamiento de Albacete ha implantado un SISTEMA DE MONITORIZACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE Y DEL RUIDO AMBIENTAL en la ciudad con la finalidad de conocer los niveles de contaminación del aire en la ciudad y verificar el cumplimiento de los límites y objetivos de calidad establecidos para la protección de la salud, de tal modo que se pueda evaluar el cumplimiento de los mencionados objetivos de calidad del aire para la protección de la salud, así como informar a la población y actuar ante cualquier episodio contaminante.

La legislación española establece, mediante el texto consolidado del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, los valores de referencia para la protección de la salud de cada contaminante. Entre ellos figuran los siguientes:

Pulsa

  • SO2
    • Valor límite horario
      Período de promedio: 1 hora.
      Fecha Cumplimiento: 2005
      • 350 μg/m3
        Valor que no podrá superarse en más de 24 ocasiones por año civil.
    • Valor límite diario
      Período de promedio: 24 horas.
      Fecha Cumplimiento: 2005
      • 125 μg/m3
        Valor que no podrá superarse en más de 3 ocasiones por año civil.
    • Umbral de alerta
      • 500 μg/m3
        Se considerará superado cuando durante tres horas consecutivas se exceda dicho valor cada hora, en lugares representativos de la calidad del aire en un área de, como mínimo, 100 km2 o en una zona o aglomeración entera, tomando la superficie que sea menor.
VISOR DE CALIDAD DEL AIRE:

Información de calidad del aire a nivel nacional de los contaminantes con valores legislados para protección de la salud en el Real Decreto 102/2011. Los datos proceden de la información enviada al MITERD por parte de las diferentes redes oficiales nacionales, autonómicas y locales.

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